al día en:

                

 -estás en: telecomunicaciones / domótica / legislación domótica

El 2 de Agosto del 2002 se aprobó el nuevo Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, donde se introducen los requisitos de instalación de las redes domóticas, y que viene a complementar a la ICT en la completa dotación de infraestructuras en las viviendas para la prestación de los servicios de telecomunicacion.

En el nuevo REBT se introducen los requisitos mínimos para la realización de instalaciones domóticas. Se definen en el mismo los siguientes elementos básicos:

-Nodos: cada una de las unidades del sistema capaces de recibir y procesar información comunicando, cuando proceda, con otras unidades o nodos dentro del mismo sistema.
-Actuadores: dispositivos encargados de realizar el control de algún elemento del sistema (electroválvulas para el suministro de agua, gas, etc., motores para persianas, puertas, etc., sirenas de alarma, reguladores de luz,...)
-Dispositivos de entrada: sensores, mandos a distancia, teclados u otros dispositivos que envían información a los nodos.

Estos elementos pueden ser independientes o estar combinados en una o varias unidades distribuidas, según la topología de sistema que se elija. Así, existen dos tipos de sistemas:

-Sistema centralizado: sistema en el cual todos los componentes se unen a un nodo central que dispone de funciones de control y mando.
-Sistema descentralizado: sistema en que todos sus componentes comparten la misma línea de comunicación, disponiendo cada uno de ellos de funciones de control y mando.

Legislación

 
® 2003 GRÜN TECHNIK